Resumen del recurso:
Se interpuso reclamo de ilegalidad en contra de la decisión C1209-12. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo ya que señaló que resulta aplicable la Ley de Transparencia a la información ordenada entregar en el literal b) de la decisión signada como "II" en la Decisión de Amparo que se reclama, desde que se ordena entregar información que consta en actas, siempre que obren en soporte documental, ajustándose a los términos de la información cuyo acceso garantiza el legislador en la aludida ley, como consecuencia de lo anterior sólo cabe concluir que la decisión de amparo que se reclama, pronunciada dentro de lo que fueron los límites de la controversia se ajustó a la legalidad, lo que impone el rechazo del reclamo, sin que resulte demás enfatizar que, en una materia donde la publicidad es la regla general y el secreto la excepción, y donde el legislador puso de cargo de quien se opone a la entrega– en sede administrativa– precisar la infracción y los hechos que la configuran o expresar causa, no es posible extender las facultades de revisión más allá de dichos límites para pronunciarse sobre causales de secreto no hechas valer oportunamente.
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