Resumen del recurso:
Se interpuso recurso de queja en contra de la decisión C1351-12. La Corte Suprema acogió el recurso ya que señaló que si bien nuestra Constitución no tiene referencia directa al secreto profesional, dicho deber–obligación se encuentra subsumido como uno de los presupuestos del debido proceso, particularmente vinculado al derecho a defensa jurídica que se encuentra garantizado en el numeral 3 del artículo 19 de la Carta Fundamental, norma que importa asegurar las condiciones de libertad en las que debe verificarse la debida intervención del letrado en el procedimiento. Ello es así pues, sin una legítima expectativa de confidencialidad por parte del cliente, la confianza en que esa relación se basa se vería seriamente perjudicada y con ello su derecho a defensa técnica gravemente menoscabada. (Con voto disidente)
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