Resumen del recurso:
Se dedujo reclamo de ilegalidad en contra de la decisión C345-13. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo ya que señaló que siendo aplicable el secreto o reserva sólo a los sumarios administrativos, no puede mediante una interpretación analógica, extender dicha norma a las investigaciones sumarias, precisamente, por el Principio de Publicidad o Transparencia garantizado constitucionalmente en su artículo 8°, en consecuencia, al disponer acoger el amparo no se ha incurrido en ninguna ilegalidad por parte de la reclamada, toda vez que, no se configura la causal del artículo 21 N° 5 de la Ley 20.285, pues, como sea razonado, la investigación sumaria no está sujeta al secreto o reserva.
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