Resumen del recurso:
Se dedujo reclamo de ilegalidad en contra de la decisión C416-13. El Consejo señaló que el Cabo está obligado a observar el conducto regular para requerir la información de que se trata en el caso sublite, la que no se le ha denegado, sino que no se ha observado la vía por la que la ha debido solicitarse, no pudiendo aplicarse en la especie la Ley N° 20.285, por cuanto su artículo 11 letra g) que contempla el principio de la no discriminación al acceso de la información pública, consagra una excepción que permite hacer diferencias, siempre que no sean arbitrarias. (Con voto disidente)
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