Resumen del recurso:
La Corte acogió el reclamo al concluir que los antecedentes que se piden entregar dicen relación con un contrato de explotación y con una solicitud de interpretación del mismo presentadas a la autoridad y pendientes de resolver, documentos en los que se contienen antecedentes sobre proyecciones de producción y su estrategia comercial en la venta de litio, así como la definición estratégica sobre su ejecución y avance, los que son secretos, y que, de conocerse, podrían alterar su posición competitiva en el mercado, razón por la cual se configura la causal del Art. 21 N° 2 de la LT.
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