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Se deduce amparo en contra del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones fundado en la denegación de información solicitada en el requerimiento, aduciendo una causal que no es aplicable. El Consejo acoge el amparo en cuestión, toda vez que no advierte que entregar la información requerida pudiere generar un daño superior al beneficio público que derivaría del conocimiento de la misma, especialmente si la obtención de la revisión técnica es un requisito indispensable para el otorgamiento del permiso de circulación de vehículos motorizados. Por tanto, aunque la patente de los vehículos de personas naturales pueda estimarse un dato personal, el interés público concurrente en el presente caso justifica su comunicación a terceros.

C270-12
Amparo
Decisión de Fondo
Acoge Totalmente
Fecha de decisión: 29-6-2012