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Se dedujo amparo en contra de Hospital Carlos Van Buren, fundado en haber recibido respuesta negativa a su solicitud de acceso y en no haber recibido respuesta a su solicitud sobre un listado de todas las patentes vehiculares relacionadas con el uso del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) en el Hospital”, correspondientes a los últimos 5 años, ordenadas por año. Además señaló que, según entiende, existe una Unidad de Accidentes de Tránsito dependiente de la Unidad de Recaudación que debe tener una lista de patentes involucradas en atenciones con SOAP. El Consejo señaló que ya que los propietarios de los automóviles cuyas placas patentes se solicitan no autorizaron la entrega de esta información al reclamante, ni el órgano de la administración reclamado está habilitado a entregarla, estimando el Consejo que existe una afectación de la esfera de la vida privada de los propietarios de los vehículos consultados, además, si bien el Consejo estima que la información relativa a los reembolsos que hayan solicitado y obtenido los hospitales por atenciones médicas y hospitalarias brindadas a personas beneficiadas con el SOAP reviste un evidente interés público, considera, al mismo tiempo, que dicho interés puede satisfacerse adecuadamente a través de medios alternativos –tales como el acceso a los pagos efectuados por las compañías de seguros por concepto de SOAP, contrastándolos con los requerimientos realizados para el reembolso de las prestaciones médicas suministradas y el número de accidentes en que dicho seguro ha operado–, sin que ello justifique, por tanto, la divulgación de datos personales de terceros.

C1431-13
Amparo
Decisión de Fondo
Rechaza
Fecha de decisión: 27-12-2013